Legislatura aprueba hasta 15 años de prisión por lesiones a adultos mayores

Reporte/eje19
Toluca, Méx., a 06 de octubre de 2020.-Hasta 15 años de prisión, y de 200 a 400 días multa, será la sanción para quien ejerza violencia contra adultos mayores, tras las reformas al código penal estatal aprobadas por la Legislatura local.

La diputada Violeta Nova Gómez autora de la iniciativa expuso en tribuna que ante las numerosas agresiones que se dan a este sector, era necesario tomar mayores medidas para su protección y agravar la penalidad en el delito de lesiones.

En atención al estudio desarrollado quienes integramos las comisiones legislativas advertimos que a través de la iniciativa de decreto se proponen modificaciones al Código Penal del Estado para proteger a las personas adultas mayores y disminuir las agresiones que se dan hacia ellos, sobre todo, ante el deber de atenderlos y cuidarlos, y busca agravar la penalidad en el delito de lesiones.

De acuerdo a información de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el principal delito cometido contra adultos mayores, son los patrimoniales, en un 57 por ciento por despojo, robo a casa habitación, fraude y daños en propiedad privada, un 16 por ciento por violencia familiar, 8 por ciento por lesiones y el resto en amenazas, homicidio, abusos sexuales, abandono de persona.

“Existen diversas formas de maltrato en contra de las personas adultas mayores y que en su condición física agrava su propia salud tanto emocional, psicológica o física, convirtiéndose en daños graves. Es evidente también que en muchos casos son consideradas las personas adultas mayores como una carga y son tratados con negligencia, abuso o falta de atención y de cuidado”, apuntó Violeta Nova.

Ante esta situación, la reforma busca proteger a los adultos mayores, desalentar y sancionar las conductas que los lesionen, tomando como agravante de las mismas su propia condición de vulnerabilidad y la cercanía de quienes se encarguen de su atención y cuidado.

Creemos que es muy importante realizar las medidas necesarias para favorecer las condiciones que garanticen el adecuado desarrollo de la vida de los adultos mayores, sobre todo, su salud emocional, psicológica y física, y sancionar con la severidad necesaria los ilícitos que se cometan en su contra.

La reforma aprobada, establece en el artículo 238 del Código Penal del Estado de México que cuando las lesiones se infieran a menores, personas adultas mayores, incapaces o pupilos por quien ejerza la patria potestad, tutela o custodia, o por un integrante de su núcleo familiar, se aplicarán de 10 a 15 años de prisión y de 200 a 400 días multa, además la suspensión o privación de esos derechos.